bnn_ss_generales_ayuda_domicilio

Qué es?

 

El SAD es un servicio público de carácter social que se dirige a familias o personas que tengan dificultades para valerse por si mismas o mantener el núcleo familiar completo, dirigido a restablecer su bienestar físico, psíquico y/o social mediante un programa individualizado de carácter preventivo, asistencial y/o rehabilitador, contribuyendo a que puedan vivir en su hogar mientras sea posible.

El SAD se dirige a personas mayores, discapacitadas, enfermas y familias desestructuradas que en mayor o menor grado son dependientes, entendiendo por tales, aquéllas que no pueden hacer sin ayuda determinadas actividades de la vida diaria (AVD) de las consideradas esenciales para auto cuidarse o para el desenvolvimiento normal de su vida diaria. En este sentido se distinguen dos grandes bloques de actividades:

  • Actividades básicas de la vida diaria (ABVD): son las relacionadas con el autocuidado, como levantarse/acostarse, vestirse, caminar, alimentarse, realizar el aseo personal, mantener el control de esfínteres.

  • Actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD): consisten en el desarrollo de tareas habituales para vivir de manera independiente, tales como cocinar, limpiar, lavar, planchar, hacer compras, manejar dinero, controlar la medicación, desplazarse por la calle, utilizar medios transporte, realizar gestiones, etc.

Requisitos:

  1. El beneficiario deberá estar empadronado en el municipio perteneciente a la Comarca de Gúdar – Javalambre, donde vaya a solicitar el servicio. En el caso de proceder de otra Comarca o Provincia se le exigirá estar empadronado con un mínimo de 3 meses anteriores a la solicitud.

  2. Personas dependientes.

  3. A familias que convivan con un anciano/a o persona discapacitada y por razones de salud o trabajo debidamente justificadas presenten dificultades para su atención. En lo referente a este punto y al anterior, que no puedan resolver la situación por sus propios medios.

  4. En general, a aquellas familias que tengan a su cargo algún menor o menores que se encuentren en alguna de las circunstancias anteriormente reflejadas.

El SAD prestará las siguientes tareas:

  1. Tareas domésticas o de atención en el hogar, que consisten en realizar, con la ayuda de la persona, si puede hacerlo, tareas como las siguientes:

    • Limpieza de vivienda, fregado de la vajilla (de la persona beneficiaria), lavado y planchado de ropa, hacer las camas, realización de compras domésticas a cuenta del usuario/a. Determinación de menús, conjuntamente con el usuario/a. Apoyo a la organización y orden doméstico.
  1. Tareas de atención personal. Consisten en ayudar a la persona, estimulándola para que realice todo aquello que no pueda por si misma, en las siguientes AVD:

    • Levantarse, acostarse. 
    • Asearse.
    • Ayuda en la ingesta de alimentos.
    • Apoyo a la movilización.

  1. Tareas de cuidados especiales, a realizar con las personas que sufren graves dependencias e incluye las siguientes:

    • Detección de cambios situacionales y observación de relaciones familiares y sociales. Potenciar valores positivos para superación de situaciones de crisis. Entrenamiento de habilidades domésticas, higiénicas y de organización y economía doméstica. Supervisar la toma de medicamentos prescritos. Pasear. Salir de compras junto con la persona atendida. Ayudar a la persona a la realización de gestiones. Acompañamiento a consultas médicas, hogar… Ayudarle en el despacho de la correspondencia personal, estimularle para que realice llamadas o visitas a sus allegados, amistades o familiares. Ayudarle a llevar las cuentas. Hablar y dialogar con la persona atendida.
  1. Excepcionalmente, se prestarán otros servicios o tareas distintas de las anteriores, siempre que concreta y explícitamente se convenga con los Servicios Sociales Comarcales.

Documentación que debe acompañar a las solicitudes:

  • Fotocopia del DNI

  • Fotocopia del Libro de Familia.

  • Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social.

  • Certificado de empadronamiento y de convivencia de la unidad familiar especificando la antigüedad.

  • Fotocopia de la declaración del impuesto de la renta del ejercicio inmediatamente anterior. En caso de no realizar renta justificante de impresos (certificados, intereses bancarios, alquileres...) de todos los miembros de la unidad familiar.

  • Domiciliación bancaria.

  • En caso de persona con minusvalía, certificado oficial del reconocimiento de minusvalía.

  • En caso de familia numerosa fotocopia del Libro de Familia Numerosa

  • En caso de Alquiler fotocopia del contrato de alquiler de la vivienda.

  • Justificación de bienes rústicos y urbanos.

  • Informe médico según modelo establecido al efecto.

  • Justificante de ingresos económicos del año en curso (pensiones, 3 últimas nóminas, etc.).

¿Dónde solicitarlo?

 

En el servicio social de tu localidad.